Por: Gabriel Benítez Carrera
A partir del primero de mayo todas las unidades del transporte urbano tienen la obligación por ley, de encender el sistema de aire acondicionado a fin de mitigar las altas temperaturas entre los usuarios.
El dirigente de la Unión de Usuarios en Hermosillo, Ignacio Peinado Luna, indicó que las empresas encargadas del servicio deben poner en marcha la refrigeración en las unidades, donde la Dirección General del Transporte debe hacer cumplir la ley.
Dijo que de acuerdo al artículo 11 bis de la ley 149 del servicio de transporte, se establece la obligatoriedad del encendido de los equipos de aire acondicionado del primero de mayo al 30 de septiembre.
Adelantó que seguirán insistiendo en la necesidad de que el encendido de los equipos de refrigeración, se extienda como mínimo al 31 de octubre, debido a que en esas fechas todavía se registran altas temperaturas.

























